¿Qué es una impresora fiscal y cómo funciona?

¿Qué es una impresora fiscal y cómo funciona?

Una impresora fiscal es un dispositivo que les sirve a los comerciantes para emitir y guardar documentos fiscales. La finalidad de su uso es evitar la evasión de impuestos presentados a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la ordenanza de  de su utilización en el comercio de la República Dominicana data de finales del 2004.

Las impresoras fiscales no alteran la forma  de operación de los comercios o negocios, lo único que hacen es garantizar que se manejen de acuerdo a la legislación fiscal que existe en el país, para asegurar el pago y declaración de impuestos de forma correcta.  

Ser transparente en la gestión fiscal es una práctica que facilitará el desarrollo de tu negocio y en ese sentido la utilización de una impresora fiscal puede ser de gran beneficio para tu PYME.

Funcionamiento
Podemos describir el funcionamiento de este dispositivo del siguiente modo: el programa de facturación utilizado en tu negocio se comunica con la impresora por medio de un micro código, este interpreta y guarda los datos de la factura en la placa fiscal y luego imprime el ticket con todas las regulaciones del país y que contiene:

  • Nombre.
  • RNC del establecimiento
  • Fecha
  • Monto de factura
  • ITBIS pagado
  • Numero de Comprobante Fiscal (NCF)
  • Numero de Impresión Fiscal (NIF)

Las ventajas que ofrecen estas impresoras es que debido a que la información fiscal que queda almacenada en la memoria interna de la impresora, no hace falta usar facturas pre-impresas y con el número de control, por lo que el libro de ventas se elaborará basado en los reportes Z que la impresora fiscal emita en cada uno de los días de operación.

Ahora bien, como más arriba mencionamos, el ticket de la impresora fiscal contiene una parte denominada Número de Impresión Fiscal (NIF), al cual debes prestar mucha atención porque es lo que identifica cada factura de consumo final. Dicho documento está formado por 16 caracteres numéricos. Los primeros seis representan la identificación única de cada impresora fiscal, mientras que los diez siguientes son números consecutivos de los documentos de venta.

La impresora fiscal guarda en su memoria interna las informaciones de las ventas grabables y extensas.  Esa memoria está protegida por medio de un precinto de seguridad, el cual solo puede ser abierto por un técnico autorizado, quien debe obligatoriamente registrar en el libro de servicio de la impresora fiscal la razón por la cual se abre el dispositivo.

De acuerdo a la DGII los requisitos para que puedas instalar una impresora fiscal en tu empresa son los siguientes:

  • Deben ser suministradas e instaladas por proveedores certificados por la DGII.
  • Contener un dispositivo de control fiscal incorporado y sellado desde su fabricación en la estructura de la impresora.
  • Mantener un libro de servicios o bitácora de cada impresora fiscal, en el que deben registrar cada evento relacionado con la misma.

Además, después que esté instalada la impresora en tu PYME deberás:

  • Solicitar a través de la Oficina Virtual el registro de usuario y clave para acceder al menú de: envío de los libros de ventas y bitácora electrónica.
  • Realizar el registro en la bitácora electrónica de todos los movimientos que se efectúen dentro del plazo de 3 días hábiles a partir del día en que se haya instalado la impresora fiscal.
  • Remitir el libro diario de ventas a la DGII a más tardar 15 días calendarios después del cierre del mes.
  • Mantener la documentación de envío del libro diario de ventas.
  • Preservar en medio electrónico el libro diario de ventas por lo menos durante dos (2) años calendarios.
  • Registrar en la bitácora electrónica que estará en la Oficina Virtual de la DGII, todos los movimientos. Ese registro se hará dentro del plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día en que se haya instalado.

En este listado se pueden verificar los diferentes modelos de impresoras fiscales homologadas en nuestro país y sus respectivos vendedores autorizadores. Te recomendamos consultar a tu contable para más información al respecto de este tema o visitar el área de preguntas frecuentes de la DGII.